NORMATIVA LEGAL

 
La Ley 4/1996, de 10 de Enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón municipal, y el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
El Padrón es el registro que acredita la residencia y domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
El vecino tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.
Los datos que se hagan constar en el anverso de esta hoja permitirán la actualización del Padrón de su municipio.
 
 

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA HOJA

 
- Escriba con pluma o bolígrafo y en letras mayúsculas. Indique con claridad todos los datos que corresponden a cada una de las personas que se inscriben en la hoja.
- Si se solicita la inscripción por traslado de residencia, indique en la casilla correspondiente el municipio y provincia de procedencia. Si procede del extranjero, indique el país y, en su caso, el Consulado español donde estaba inscrito. En el caso de traslado de domicilio dentro de este mismo municipio indique en esta casilla: MISMO MUNICIPIO.
- Si se trata de la inscripción de una persona que no estuviera empadronada con anterioridad en ningún municipio indique en la casilla de procedencia: NINGUNO. En la misma formase cumplimentará esta casilla para la inscripción de recién nacidos.
- Para la corrección y actualización de los datos que constan en su inscripción padronal, tache el dato incorrecto y escriba el correcto en el espacio o casilla situado debajo de él.
- La hoja cumplimentada debe ser firmada por la persona que realiza el trámite, si su objeto es la corrección o actualización de datos. Cuando se trate de una nueva hoja de inscripción, firmarán todos los mayores de edad que se inscriban. Si se incorporan nuevos habitantes a una hoja existente, además deberá firmar la autorización de las nuevas inscripciones alguna persona mayor de edad que ya figuraba inscrita en la hoja.
- Rellene la casilla "Número total de personas inscritas en ésta hoja", para garantizar la inalterabilidad de los espacios que hayan podido quedar en blanco.
- Si tiene alguna duda le será resuelta en el momento de presentar la hoja en su Ayuntamiento.
La presentación de esta hoja cumplimentada en su Ayuntamiento implica su conformidad para actualizar el Censo Electoral en consonancia con los datos reflejados en ella.
 
 

CÓDIGOS DE NIVEL DE INSTRUCCIÓN

 
11. No sabe leer ni escribir.
21. Sin estudios.
22. Enseñanza primaria incompleta, cinco cursos de EGB, Certificado de escolaridad o equivalente.
31. ESO, Bachiller elemental, Graduado escolar, EGB completa, Primaria Completa o equivalente.
32. Formación Profesional primer grado. Oficialía Industrial.
41. Formación Profesional segundo grado. Maestría Industrial.
42. Bachiller superior, BUP.
43. Otros titulados medios (Auxiliar de Clínica, Secretariado, Programador informático, Auxiliar de vuelo, Diplomado en Artes y Oficios, etc.)
44. Diplomado en Escuelas universitarias (Empresariales, Profesorado de EGB, ATS y similares).
45. Arquitecto o Ingeniero Técnico.
46. Licenciado universitario, Arquitecto o Ingeniero superior.
47. Titulados de estudios superiores no universitarios.
48. Doctorado y estudios de postgrado o especialización para licenciados.
 
 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA REALIZAR EL EMPADRONAMIENTO

 
- Hoja padronal cumplimentada y firmada.
- Documento que acredite la identidad de las personas inscritas (DNI, Tarjeta de Extranjero, Pasaporte, etc., Libro de Familia para los menores de 15 años).
- Documento que acredite la acupación de la vivienda (escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, contrato o recibo anual expedido por compañía suministradora de teléfono, agua, electricidad, etc.). Este documento no es necesario en el caso de la incorporación de nuevos habitantes a un grupo familiar ya empadronado.
- En caso de rectificación o actualización de datos, documento acreditativo del dato correcto.